Fabiola Mondragón Yáñez, magistrada presidente del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, informó que siguen vigentes 245 casos iniciados en contra de ex funcionarios por incumplir en declaraciones patrimoniales y aun por desvío de recursos.
Mondragón Yáñez explicó que estos casos datan desde 2015 y se concentran en los tres juzgados de lo Contencioso Administrativo. La mayoría de estos asuntos son tratados ante el tribunal porque los ex funcionarios interpusieron recursos de apelación ante resoluciones que les notificaron las contralorías municipales.
“Estos son asuntos que ya fueron sancionados por los contralores de los municipios, pero siguen vigentes porque no se ha emitido resolución”, dijo.
Explicó que, a pesar de tratarse de un número considerable de casos, sólo unos cuantos podrían catalogarse de gravedad, propiamente los que se refieren a desvío de recursos públicos.
En lo que respecta a los incumplimientos de declaraciones, la magistrada presidente del dijo que no se trata de casos graves, ya que se aplican sanciones económicas a los que omitieron en estos informes.
“Estas son omisiones que no consideramos de gravedad, según la ley; son omisiones en la presentación de declaraciones iniciales, finales, las de octubre y declaraciones anuales”, dijo.
La magistrada agregó que en otros casos los ex funcionarios también incurrieron en faltas en procesos de entrega-recepción, pero adujo que esto se deben a desconocimiento sobre los procedimientos.
“Nos encontramos con que los ex funcionarios no regresaron a firmar los documentos correspondientes por desconocimiento; no se consideran casos de dolo, pero se tienen que aplicar las sanciones correspondientes”, detalló.
Al referirse a los casos de desvíos de recursos, la magistrada explicó que las sanciones van desde las inhabilitaciones, hasta las suspensiones y destituciones de los cargos.
En otro tema, Fabiola Mondragón agregó que hasta el momento sólo un ex funcionario ha promovido un amparo a la aplicación de la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del estado, por carecer a de una firma que la haga válida.
Dijo que ésta puede considerarse no válida siempre que algún ex funcionario interponga un amparo, sin embargo, aseguró que aún se aplica debido a que no se ha declarado inconstitucional a pesar de la falta de rúbrica que la avale.
Agregó que está próxima a aprobarse la nueva ley de Responsabilidades Administrativas, que estará sustituyendo a la antigua Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos, por lo que las deficiencias en las mismas dejarán de ser motivo para la promoción de amparos de funcionarios y ex funcionarios en un afán de librarse de las sanciones a las que deben ser acreedores por irregularidades en sus funciones.
Esta ley incluye sanciones a particulares relacionados con el ejercicio gubernamental y de recursos públicos, pero no es retroactiva, por ello es que quienes enfrentan procesos anteriores deben ser sancionados bajo la antigua ley.
La magistrada presidente desestimó que numerosos ex funcionarios pudieran recurrir a amparos a la ley de Responsabilidades vigente para salvarse de sanciones.