El Tribunal Colegiado en Materia Administrativa y del Trabajo resolvió negarle el amparo al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que solicitó en contra del laudo que dictó la Junta Federal que le otorga la pensión por viudez a Inés Acevedo, ante la muerte de su esposa, caso que publicó EL UNIVERSAL Querétaro hace poco más de un año.
La misma Inés explicó que son dos tribunales que le dicen al IMSS que le den su pensión, aunque todavía el instituto se podría inconformar, aunque una tercera rara vez procede, al tiempo que apuntó que se siente emocionada por esta situación.
A su vez, Consolación González Loyola Pérez, abogada de Inés, explicó que el fundamento que planteó la afectada y que ratifica el colegiado es que la Ley el Seguro Social es discriminatoria. “El artículo sobre el cual se basó el Seguro Social para negarle la pensión por viudez a Inés es discriminatorio y viola el principio de igualdad jurídica”, señaló.
Precisó que con este fallo, que es el cuarto, sobre ese artículo, faltaría un asunto más para que se siente jurisprudencia, pues es el cuarto asunto que se ha planteado sobre el artículo 134 de la Ley del Seguro Social, de 1971, vigente hasta la fecha, que señala que no se conoce el derecho a pensión por viudez a aquellas parejas que se casan después de cumplir 55 años si el cónyuge muere antes de cumplir el año de casados.
Con estas son dos resoluciones a favor de Inés Acevedo, pues la primera fue el laudo dictado por la Junta Federal número 50, con sede en la Ciudad de Querétaro, y ahora este del Tribunal Colegiado.
A pesar de esta resolución, esperan que el IMSS no vaya a apelar esta sentencia, “porque sería continuar con un acto de violación de derechos humanos, sobre todo por el alto grado de vulnerabilidad en el que se encuentra Inés, dado que se trata de una persona adulta mayor, con discapacidad en movilidad y que era dependiente económica de su esposa”, precisó la abogada.
El juicio cumplió dos años, y González Loyola Pérez espera que ya termine el proceso, pues aunque el IMSS resolviera apelar la decisión, sólo alargaría el proceso que perdería.
Agregó que después de esta resolución legal se siente satisfecha, pues se pusieron en práctica los nuevos procedimientos jurídicos, sobre todo a favor de grupos que han sido vulnerados en sus derechos humanos, como lo es la comunidad de la diversidad sexual.
“A mí me da mucho gusto haber participado en este planteamiento, porque rebasamos el derecho tradicional, invocando lo que se ha construido en derecho internacional, desde la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, enfatizó.
Por su parte, Walter López, del Frente Queretano por el Derecho a la No Discriminación y el Estado Laico, organización que realizó labor de acompañamiento con Inés Acevedo, también se congratuló por la decisión de la autoridad judicial, toda vez que es la segunda ocasión en la que se le da la razón a la demandante.
“Esto es importantísimo por varias cosas. Uno, obviamente Inés, porque para los tribunales es un caso, pero para ella es su vida, pues no tenía dinero para nada, y ahora tener lo que le corresponde legalmente por su pareja, estamos contentos por eso”, subrayó.