La represión de los liderazgos sociales y políticos son característicos de los regímenes autoritarios, de los gobiernos que no aceptan la crítica, afirmaron los participantes del foro Presos Políticos, que tuvo como invitado especial al líder del magisterio disidente en el estado, Jerónimo Sánchez Sáenz.

En el evento, que se llevó a cabo en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Autónoma de Querétaro (UAQ), se contó con la presencia de los especialistas Joaquín De La Lama, Bernardo Romero y José Luis Álvarez Hidalgo, quienes coincidieron en que las manifestaciones de represión hacia las voces discordantes en la sociedad son típicas de los gobiernos antidemocráticos.

Bernardo Romero dijo señaló que el procedimiento contra Jerónimo Sánchez está plagado de irregularidades; además, advirtió que el Código Penal está redactado de tal manera que muchos de los artículos son de interpretación y a modo de las autoridades.

Joaquín de la Lama, abogado de Jerónimo Sánchez, comentó que en el proceso en contra de su cliente existieron algunas inconsistencias, como el hecho de que fue conducido esposado de los pies a rendir su declaración, pero se reservó su derecho a hacerlo.

Asimismo, explicó que la mayoría de los testigos son elementos policiales y elementos de la Dirección de Investigación del Delito (DID), quienes señalaron a Sánchez Sáenz como responsable de los incidentes del desfile del 1 de mayo de 2016.

Por su parte, Bernardo Romero señaló que el procedimiento penal en contra de Sánchez Sáenz está mal hecho: “Cualquiera que sepa leer, no hay nada en el expediente penal que incrimine a Jerónimo Sánchez de los hechos que se le imputan. Es totalmente ilegal lo que está pasando. A mí no me consta qué pasó, pero el procedimiento está chueco”.

Recordó que el año pasado la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el artículo 362 del Código Penal del entonces Distrito Federal es anticonstitucional, pues habla de penas a personas que perturben a paz pública, así como el 287, que trata sobre el ultraje a la autoridad.

La Suprema Corte determinó que ambos artículos son anticonstitucionales, pues violan el principio de taxatividad, es decir, que no dicen nada o que dicen todo.

Precisó que los términos de ultraje a la autoridad y perturbar la paz pública violentan el principio de seguridad jurídica, ya que cualquier situación puede caer en esos conceptos.

Aseveró que ninguno especifica cuál es el bien jurídico tutelar, esto es, qué es lo que se defiende; en el caso del homicidio, por ejemplo, el bien jurídico tutelar, es la vida.

Jerónimo Sánchez indicó que la situación que vivió en días pasados revive, por lo menos en su familia, el autoritarismo que vivieron en 1998: “La soberbia, la actitud prepotente, intolerante de las autoridades contra quienes se atreven a pensar distinto. Lo que tenemos que decir es que venían por nosotros. No era juego. Primero, pensé que era el golpe para sacudirnos y hacernos reflexionar, para comportarnos a la altura de lo que ellos quieren”.

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