La Auditoría Superior de la Federación (ASF) encontró irregularidades por 28 millones de pesos en las obras realizadas durante 2016 para la ampliación del Paseo de la República, ejecutada por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a través del Centro SCT Querétaro. Entre las irregularidades destaca el pago de 8.5 millones de pesos en trabajos que no se efectuaron, así como pagos duplicados por la renta de un puente peatonal provisional por un millón de pesos.
El dictamen corresponde al análisis de 207.5 millones de pesos, al ser los recursos ejercidos en esta obra durante 2016, a través de la revisión de seis contratos de obras públicas y uno de servicios.
En el documento, se establece que la ASF determinó 16 observaciones que generaron dos recomendaciones y 14 solicitudes de aclaración a la SCT en Querétaro, además de los términos de las recomendaciones y los mecanismos para su atención fueron acordados con la entidad fiscalizadora.
Asimismo establece que, en términos generales, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a través del Centro SCT Querétaro, no cumplió con las disposiciones legales y normativas aplicables en la materia, en razón de que se presentaron inconsistencias e incumplimiento en la realización de las obras durante 2016.
Las obras de la ampliación del Paseo de la República iniciaron en marzo de 2014, en tanto que fue inaugurado el pasado 16 de febrero por el presidente Enrique Peña Nieto. El proyecto constó de la ampliación de cuatro a 12 carriles de circulación a lo largo de cinco kilómetros, y una ampliación de cuatro a seis carriles de circulación en 10 kilómetros de longitud. Asimismo, tuvo una inversión superior de mil 100 millones de pesos.
En la auditoría al ejercicio fiscal 2016, la ASF encontró que la SCT pagó 8 millones 510 mil 800 pesos para el suministro y fabricación de estructura metálica, aplicación de pintura de esmalte, montaje de estructura metálica, suministro y colocación de sistema de entrepiso; sin embargo, durante la auditoría no se logró constatar que las obras se hubieran realizado.
El análisis menciona que la Secretaría entregó documentación a través de medios electrónicos para comprobar los trabajos; sin embargo, no proporcionó la documentación que acreditara el trámite y pago de dicha estimación, y por lo tanto la observación persistía; en el análisis no se menciona el nombre o la razón social de la empresa que habría realizado las obras.
Respecto a los pagos duplicados por la renta de un puente peatonal provisional en la que se erogaron un millón 17 mil 700 pesos, la ASF puntualizó que la SCT autorizó el pago de un millón 14 mil 700 pesos con las fechas 1 y 9 de febrero de 2016, mientras que el periodo de ejecución de los trabajos serían del 1 de marzo al 31 de agosto de 2016, pese a que el plazo contractual había terminado el 28 de febrero de 2016.
La auditoría señala que el centro SCT entregó una copia del cronograma de la renta del puente peatonal provisional que cada contratista fue cobrando dentro de su periodo contractual.
De acuerdo con el cronograma, el puente fue instalado el 3 de marzo de 2014, por el grupo formado por la Constructora, Urbanizadora Ixtapan, S.A. de C.V., e Inmobiliaria Club de Golf Ixtapan, S.A. de C.V., que fue cobrando los meses de marzo a diciembre de 2014; después se pagaron los meses de enero a diciembre de 2015 y de enero a marzo de 2016. También señaló que se hizo el cargo de la renta de los meses de abril a agosto de 2016.
Pese a estos datos, la ASF consideró que la observación subsiste, debido a que el cronograma presentado del pago de la renta del puente no es congruente con los generadores y las estimaciones pagadas en el contrato, por lo que la ASF solicitó que se entregara documentación adicional justificativa y comprobatoria por obra pagada no ejecutada con fechas del 1 y 9 de febrero de 2016.
La Auditoría Superior también encontró diferencia de volúmenes entre lo cuantificado y lo pagado en los cementos asfálticos por 2 millones 247 mil 200 pesos.
En general, ASF determinó que la SCT no consideró la existencia de diferencias entre los volúmenes pagados y los cuantificados en el proyecto y en las pruebas de laboratorio. En este punto, la Secretaría entregó medios electrónicos en los que aplicó el ajuste; sin embargo la ASF consideró que persistía la observación debido a que el cálculo no fue congruente con la normativa establecida en las bases de licitación ni con la especificación.
En este caso hubo una recomendación a la SCT para que instruyera a las áreas responsables que realicen el registro, desarrollo, avance, aprobación, conclusión, asuntos relevantes que se presenten, y los acontecimientos que resulten diferentes a los establecidos en el contrato y sus anexos conforme a la normativa correspondiente.
La otra recomendación que establece la ASF, respecto al 2016, tiene que ver con que la SCT debe informar acerca de asuntos relevantes que se presenten durante la obra, así como las modificaciones y acontecimientos que resulten diferentes a los establecidos en el contrato.
Lo anterior debido a que la SCT no registró la autorización de las modificaciones al proyecto ejecutivo durante diversos periodos de 2015 y 2016, así como de obras que alcanzaban al 2017; entre las observaciones se encontraron los aspectos de calidad y los programas de ejecución convenidos, además de la aprobación de conceptos no previstos en el catálogo original y cantidades adicionales y tampoco hubo autorización de convenios modificatorios, el resultado de las pruebas de calidad de los insumos y los acuerdos tomados en las juntas de trabajo celebradas con el contratista o con la residencia, así como el seguimiento.
También se observó que se realizaron pagos de 5 millones 728 mil 300 pesos sin contar con las pruebas de índice de perfil en la carpeta de concreto asfáltico, en tanto que solicitó aclaración respecto a que encontró una incorrecta integración de precios extraordinarios por 404 mil 297.58 pesos que fueron pagados entre el 1 y el 9 de febrero de 2016.