Sociedad

Clausuran 40 establecimientos por faltas a la ley ambiental

Pepmadu reporta en el año 300 inspecciones, de las cuales 180 derivan en multas

Foto: Archivo El Universal
23/10/2024 |07:20
Sirse Rosas
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En lo que va del año la Procuraduría Estatal de Protección al Medio Ambiente y Desarrollo Urbano (Pepmadu), ha realizado 40 clausuras en el estado, por incumplir con la normatividad ambiental, informó el titular de la dependencia, José Luis Peña Ríos.

Si bien tan sólo 40 establecimientos se han clausurado, son mil 92 inspecciones las que se han realizado en lo que va de la administración y 300 en este año, de las cuales cerca de 180 han tenido como consecuencia una multa. Se trata, precisó, de empresas de distintos giros, entre ellos, desarrollos inmobiliarios, bancos de materiales, industrias, entre otros.

En este sentido, recordó que en meses pasados se tuvo una presencia importante en el Parque Industrial Bernardo Quintana, donde empresas tiraban sus desechos hacia la comunidad de La Piedad, generando olores fuertes, lo que derivó en más de 40 visitas dentro del parque y zonas aledañas que llevó a más de 20 clausuras por no tener autorizaciones o no cumplían con todas sus obligaciones.

Hemos clausurado desarrollos inmobiliarios cuando no tienen autorización o cuando aún teniéndola no cumplen con las condicionantes; esto es que no se esté utilizando el mismo material para rellenar los sitios, que se utilicen bancos de materiales autorizados, que los bancos de tiro también estén autorizados para que esta actividad también sea sustentable para que no haya una sobrexplotación en el estado”, explicó Peña Ríos.

Con estas inspecciones, agregó, se ha logrado “tener medidas” a todas las empresas que operan en el estado y así saber “qué les duele”, si son temas de residuos, de energía o agua, y para vigilar que el crecimiento de Querétaro sea ordenado, pues destacó que “el crecimiento económico tiene que estar aparejado con el cumplimiento a la normatividad ambiental”.

Descartó también que la Pepmadu tenga un objetivo recaudatorio o coercitivo, ya que señaló que no todas las revisiones se llega a la clausura, ya que ésta sólo se aplica cuando la acción que realiza la empresa está ocasionado un riesgo inminente al medio ambiente.

Por ejemplo, llegamos a un fraccionamiento y no tiene autorización, quiere decir que no está medido el proyecto y no sabemos qué van a hacer y está ahí la excavadora derribando árboles. Tenemos que clausurar, si no lo hiciéramos estaríamos permitiendo que se causara un daño de irremediable reparación, por ejemplo una empresa que no tiene dadas de alta a sus equipos y está emitiendo partículas, no sabemos qué está emitiendo a la atmósfera, qué tal que sean cosas que son dañinas para la salud, entonces ahí clausuramos”, explicó.

En el caso de las que son sancionadas con multa, se aplica cuando son reincidentes en un periodo menor a dos años o cuando hay dolo por parte de la compañía, entre otros aspectos que se ponderan.