De 2019 al primer semestre del 2022, el estado de Querétaro suma 108 abortos, con base en los reportes del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP); una práctica que mujeres y activistas pugnan por despenalizar para evitar su criminalización.
La consultora Tresearch International expone que con esta incidencia, Querétaro es el tercer estado con la tasa más elevada de abortos por cada millón de habitantes, esto al registrar una tasa de 45 abortos, solamente por debajo de Nuevo León, que tuvo 63, y de Baja California Sur, con 48 por cada millón de habitantes.
Durante el primer semestre del año en curso, el estado sumó 21 registros de aborto, según el SESNSP, la quinta cifra más elevada a nivel nacional; el primer sitio lo tiene la Ciudad de México, con 95; el segundo Nuevo León, con 74; el tercero Estado de México, con 66; y en cuarto, Tamaulipas, con 26.
A nivel nacional, en el primer semestre del año suman 417 abortos, de los cuales 56% se concentran en Ciudad de México, Nuevo León y Estado de México, precisa la consultora.
En este sentido, este 28 de septiembre se celebra el Día de Acción Global para el Acceso al Aborto Legal y Seguro.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) expone que en el marco del V Encuentro Feminista de Latinoamérica y el Caribe, en San Bernardo, Argentina, en 1990, se proclamó el 28 de septiembre como Día por la Despenalización del Aborto en América Latina y el Caribe.
Con motivo del 30 aniversario de Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), plantea que actualmente la apuesta principal de la organización es que se elimine el delito de aborto en todo México, y que las mujeres y las personas con capacidad de gestar puedan acceder a los abortos voluntarios sin barrieras y sin estigmas.
La organización explica que el aborto se regula a nivel local y es considerado un delito con excluyentes de responsabilidad penal o causales de no punibilidad, es decir, hay circunstancias bajo las cuales no se castiga y otras por las cuales no se considera como un delito.
“Los códigos penales de cada entidad federativa establecen cuáles son estas excluyentes o causas de no punibilidad, lo que en la práctica se traduce en una situación de discriminación jurídica, pues las mujeres tienen más o menos derecho de acceder a un aborto bajo un marco legal, de acuerdo con su lugar de residencia”, expone GIRE.
Además, explica que, de manera general, la regulación de la interrupción del embarazo en México es restrictiva, debido a que la única causal legal que se contempla a nivel nacional es cuando el embarazo es producto de una violación sexual.
Mientras que el Código Penal Federal contempla el aborto culposo, la violación sexual y el peligro de muerte como causales de no punibilidad, precisa información expuesta por el GIRE.
En tanto, el 7 de septiembre del 2021 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la criminalización total del aborto, pues resolvió por unanimidad de diez votos que es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta; además, se pronunció por primera vez a favor de garantizar el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir, sin enfrentar consecuencias penales.