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El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) declaró infundado el juicio promovido por la regidora morenista del ayuntamiento de Querétaro, Ivonne Olascoaga Correa.
La morenista acusó que en la sesión de cabildo celebrada el diez de marzo de este año se le negó el uso de la voz, además de que también acusa que hubo negativa y omisión de entregarle copias simples, vinculo o link de diversos protocolos de actuación policial que solicitó.
Al respecto, el Pleno del Tribunal Electoral declaró que “no se infringe su derecho de petición y desempeño del cargo por la omisión de entregarle la documentación que solicitó, puesto que estuvo en posibilidad y oportunidad de conocer dichos protocolos policiacos, pues anexo a la convocatoria a la sesión de cabildo respectiva”
El TEEQ dice que la regidora ademásrecibió un acuerdo en cuyo contenido se especificó la fecha de publicación de cada protocolo, en el periódico oficial del gobierno del estado La Sombra de Arteaga.
Por otro lado, el TEEQ dijo que en juicio promovido por una regidora de Cadereyta de Montes, de la quien no se proporcionó el nombre, se declaró fundado el agravió, luego de que diversas autoridades de ese órgano de gobierno le impidieron su derecho al uso de la voz y trasgredieron el desempeño de su cargo por no haber asentado en el acta de la sesión extraordinaria sus opiniones y argumentos.
“El Pleno de este órgano jurisdiccional determinó la imposición de una multa tanto al secretario del ayuntamiento como al presidente municipal de Cadereyta de Montes, y dar vista a la Fiscalía General del Estado para que investigue posibles actos delictivos que de estos hechos se deriven y a la Legislatura del Estado de Querétaro, para que revise las actuaciones de estos funcionarios y en su caso realice los procedimientos administrativos respectivos de las sanciones que correspondan”.