San José.- En un histórico fallo sobre el ejercicio del periodismo en América, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) declaró culpable a Colombia por el asesinato del periodista colombiano Nelson Carvajal Carvajal—ocurrido en 1998 al denunciar casos de corrupción política, de penetración del narcotráfico y de “lavado” de dinero—y por violar el derecho a la libertad de expresión, se anunció oficialmente hoy en Costa Rica.

La Corte informó que hoy notificó al Estado colombiano de una sentencia que dictó el 13 de marzo de 2018 en la que determinó que Colombia es “responsable por la muerte” de Carvajal “y por una falta al deber de garantizar su derecho a la libertad de expresión”.

“También consideró responsable al Estado por la violación al derecho a las garantías judiciales por las investigaciones de ese hecho, por la violación al derecho a la integridad personal y de protección de los familiares de la víctima directa”, precisó la Corte en un reporte que divulgó en esta capital y del que EL UNIVERSAL tiene copia.

La Corte-IDH, instancia autónoma de la Organización de Estados Americanos (OEA) con sede en la capital costarricense, precisó que también declaró responsable a Colombia “por la violación de los derechos de circulación y residencia de algunos de los familiares” de Carvajal “que se vieron forzados a salir de su lugar de residencia habitual en razón de la situación de riesgo que soportaban y el temor que sentían”.

En un recuento del caso, el máximo tribunal continental recordó que los hechos se registraron en el municipio de Pitalito, en el suroccidental departamento del Huila, cuando Carvajal “fue privado de su vida al recibir siete disparos de arma de fuego, el 16 de abril de 1998”.

“Ese hecho ocurrió en el marco de un contexto generalizado de impunidad por hechos de violencia contra periodistas en Colombia”, subrayó, al relatar que Carvajal fue un periodista que informó y denunció “asuntos de interés local”.

“Particularmente, su trabajo refería a irregularidades en la administración de fondos públicos, hechos de corrupción y de lavado de dinero proveniente del narcotráfico de la zona y del departamento del Huila en general”, detalló.

Según el veredicto, la Corte “comprobó que varios familiares” de Carvajal y de “otros de los involucrados en el proceso judicial fueron víctimas de amenazas e intentos de intimidación durante el desarrollo de la investigación y de las actuaciones principales. Como consecuencia de ello, nueve familiares del difunto periodista tuvieron que salir del país por razones de seguridad”.

En este panorama, el tribunal estableció que el Estado colombiano “es, en gran medida, responsable por la dilación extraordinaria de la investigación y del proceso” por el asesinato de Carvajal.

El Estado, añadió, es asimismo “responsable por no haber desarrollado las investigaciones relacionadas con algunas de las amenazas proferidas en perjuicio de varios familiares” de Carvajal. “También se responsabilizó a Colombia por la violación de la reserva sumarial en el transcurso del proceso llevado a cabo en relación con el homicidio del periodista”, subrayó.

Entre otras indemnizaciones, fijó que el Estado deberá pagar 755 mil dólares a familiares de Carvajal y otras víctimas de su asesinato, por daños materiales inmateriales, como “la angustia y el sufrimiento psicológico causado por la falta de justicia y las amenazas recibidas” y por el “dolor causado por el homicidio”, “las amenazas recibidas” y el “impacto emocional sufrido a raíz del exilio forzoso”.

Por costas y gastos, la Corte ordenó al Estado pagarle a dos instituciones que actuaron como representantes de las víctimas: 15 mil dólares a la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), organización que aglutina de medios de comunicación hemisféricos, y ocho mil dólares al Robert F. Kennedy Human Rights, agrupación no estatal de Estados Unidos para la defensa de los derechos humanos.

Por su trabajo. Un factor clave del fallo fue que, con respecto al derecho a la vida de Carvajal, el Tribunal “observó que no cabe duda sobre el hecho de que su muerte se encuentra vinculada con su labor de periodista. Además, su fallecimiento se inscribe en un contexto generalizado de impunidad por los homicidios de periodistas que ocurrían en Colombia”.

“En ese sentido”, prosiguió, “la investigación inadecuada del homicidio constituye, en sí misma, una violación a la obligación de garantizar el derecho a la vida” de Carvajal. “Por lo tanto, la Corte IDH resolvió que el Estado colombiano es responsable por la falta al deber de garantía del derecho a la vida del periodista asesinado”, determinó.

Además, la libertad de expresión de Carvajal “se vio afectada precisamente por el hecho de que éste no pudo continuar ejerciéndola debido a su muerte. En consecuencia, la Corte dictaminó que el Estado también es responsable por la violación al deber de garantizar la libertad de expresión” del periodista, recalcó.

Entre otros aspectos, estableció que “como consecuencia del sufrimiento que les causó la muerte” de Carvajal “y de la situación de impunidad en la que se encuentra ese homicidio, los familiares de la víctima directa han padecido un profundo sufrimiento y angustia en detrimento de su integridad psíquica y moral”.

“Algunos de los familiares del periodista se vieron forzados a abandonar su lugar de residencia habitual y desplazarse. Esto ocurrió en un contexto en el que el Estado incumplió con su obligación de investigar las amenazas que recibieron varios de ellos, y tampoco brindó las condiciones necesarias para facilitar un retorno voluntario, digno y seguro a sus lugares de residencia habitual o un reasentamiento voluntario en otra parte del país”, señaló.

Al respecto, declaró “la violación al derecho de circulación y de residencia en perjuicio de nueve familiares del difunto periodista”.

Protección. Sobre el impacto en la integridad de la familia Carvajal y “en la vida de cada uno de sus integrantes”, por el hecho de que “varios de sus integrantes tuvieran que migrar y dispersarse fuera del territorio colombiano”, el tribunal concluyó que el Estado “es también responsable por la violación del derecho de protección a la familia en su perjuicio”.

Aunque admitió que las autoridades colombianas indagaron y procesaron a “presuntos autores materiales e inmateriales de ese homicidio”, refirió que la Fiscalía General de Colombia “siguió distintas hipótesis en la investigación, una de las cuales desembocó en un juicio contra un empresario local, un ex concejal y otro individuo. Sin embargo, esta causa culminó con una sentencia de absolución de los procesados el 6 de abril de 2001”.

“La Corte comprobó que varios familiares” de Carvajal y otros de los involucrados en el proceso judicial “fueron víctimas de amenazas e intentos de intimidación durante el desarrollo de la investigación y de las actuaciones principales. Como consecuencia de ello, nueve familiares del difunto periodista tuvieron que salir del país por razones de seguridad”.

 

Por “estas violaciones”, ordenó “diversas medidas de reparación al Estado”, como que Colombia que publique la sentencia, continúe con las investigaciones y procesos judiciales en curso, realice un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional y que brinde tratamiento psicológico o psiquiátrico a las víctimas.

También mandó a que Colombia remita al Tribunal los informes periódicos que envía a los organismos especializados de la OEA y de la Organización de Naciones Unidas (ONU) sobre las medidas ejecutadas “para la prevención y protección de los periodistas” en ese país.

La Corte le pidió a Colombia que “garantice las condiciones de seguridad adecuadas” para que los familiares de Carvajal “puedan retornar a su país de origen”.

Además, sentenció que el Estado “pague las cantidades fijadas” en la sentencia por daño material e inmaterial y las indemnizaciones para los tratamientos psicológico o psiquiátrico de los familiares de Carvajal “que se encuentran viviendo fuera de Colombia y que así lo soliciten”.

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