Más Información
Autoridades municipales de San Cristobal Lachirioag, Villa Alta, en la Sierra Norte de Oaxaca, mantienen encarcelado a un perro pitbull de color blanco, que fue detenido desde hace tres días, tras escaparse de la casa de su dueño en esta comunidad.
Desde entonces, denuncian animalistas, el can permanece sin comida, ni agua en la cárcel de esta localidad que se rige por sistema normativo indígena (Usos y Costumbres).
En un mensaje dirigido al edil de Lachirioag, Sebastián Méndez, y al síndico municipal, José Miguel, animalistas de la entidad exigen la liberación del perro, ante la negativa de los funcionarios y explican que no realizó ninguna acción que pudiera justificar su encierro.
“Exigimos entreguen vivo sano y salvo al perro macho blanco de raza pitbull, al que capturaron para matarlo. Alguien voceó pidiendo a su dueño que fuera a recogerlo; su dueño fue y el presidente y síndico le dijeron que no saben quién voceó, pues ellos pensaban matarlo y desaparecerlo, para que el dueño pensara que se perdió”, acusaron.
El argumento que dieron las autoridades municipales, añaden, es que por considerar a la raza pitbull como peligrosa, decidieron matar al perro, pese a que no cometió ninguna falta no atacó a ninguna persona.
Activistas exponen que en esa comunidad, sin que exista reglamento para ello, sólo se permite a las familias tener un perro, y si tienen más los envenenan, al igual que a los perros en situación de calle.
No es la primera vez que en comunidades de Oaxaca se encarcela a un can en una cárcel municipal. En diciembre de 2018, en San Francisco Lachigoló, un perro fue sacrificado, luego de estar prisionero, pero en aquella ocasión la causa fue que tras desamarrarse accidentalmente, atacó a una menor que murió a causa de la gravedad de las lesiones.
Lo anterior pese a que Oaxaca cuenta con una Ley de Protección Animal, que precisa en el artículo 414 del Capítulo Segundo, “De la Privación de la Vida”, que se se castigará con cárcel de seis meses a cuatro años y con multa de 500 a 1500 días de salario a quien dolosamente prive de la vida a un animal vertebrado.
De acuerdo al apartado III del Artículo 416 de esta misma ley, está permitido que un animal sea sacrificado sólo “por causa justificada y cuidado de un especialista o persona debidamente autorizada y que cuente con conocimientos técnicos de la materia”, lo que impide que el perro sea sacrificado de manera arbitraria.